A menudo se suele confundir la Violencia de Género con la Violencia doméstica, y realmente, aunque presentan similitudes, no son lo mismo.

Doméstica viene de “domo”, que significa hogar, por lo que la violencia doméstica es la que se produce en la casar. Y por consiguiente, la puede ejercer y sufrir cualquiera de los miembros del núcleo familiar, es decir, una madre sobre sus hijos o un nieto sobre su abuelo, o un hijo sobre su padre.

La violencia de género, en cambio, es aquella que se produce contra la mujer “por el hecho de serlo”, tanto dentro como fuera de casa, en el trabajo o en cualquier otro ámbito de la vida pública.

Tal y como establece la Ley integral contra la Violencia de Género, este tipo de violencia se fundamenta en la supuesta superioridad de un sexo sobre otro y sus manifestaciones son muy variadas. (desde las más evidentes -malos tratos físicos y psíquicos, agresión o acoso sexual…- hasta las más sofisticadas, como el uso de la imagen de la mujer en la publicidad, ya que puede presentar a la misma de forma que no se corresponde con la realidad, utilizando un lenguaje que la distorsiona.

Por tanto, hemos de tener claro que cuando una mujer es víctima de la violencia por el mero hecho de ser mujer, hemos de hablar siempre de “violencia de género” y no de “violencia doméstica”, pese a que la Real Academia Española recomendó al Gobierno el uso de esta última expresión porque podría aplicarse a “toda violencia ejercida entre familiares de un hogar (y no sólo entre los miembros de la pareja) o incluso entre personas que, sin ser familiares, viven bajo el mismo techo”. Sin embargo, este ámbito de aplicación ofrece una lectura limitada a la hora de hablar de violencia de género porque no recoge todas las formas de violencia contra las mujeres, como puede ser el caso de los crímenes por honor. En conclusión, la “violencia de género” va más allá del ámbito espacial y su objetivo tiene que ver con la sumisión y el control de la vida de las mujeres, que puede tener lugar en el ámbito público, privado o íntimo. La “violencia doméstica” o también llamada “intrafamiliar” persigue el control en el ámbito de las relaciones familiares y está determinada por el género y la generación. El código penal ha estipulado para estos delitos un marco penológico diferente en función de quién sea la víctima.