En ocasiones, la separación de los padres es un mal necesario para la familia. Tomar esta decisión es difícil, sobre todo, por los hijos, que son quienes más sufren cuando las cosas van mal entre los padres. En estas fiestas navideñas, momento en que se recuerdan tiempos pasados, es complicado para muchos padres separados compaginar las celebraciones con los hijos.
Por lo tanto, al igual que en los supuestos de enfrentamiento con los padres, en caso de ruptura entre ellos, los abuelos tienen derecho a visitar y comunicarse con sus nietos. Aunque en caso de ruptura de una pareja, la relación padres-hijos sea la prioritaria, debe prestarse atención a la relación abuelos-nietos.
El convenio regulador deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:
b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
Artículo 90.1 del Código Civil
El derecho se puede ejercer de diferentes formas, por ello, existen diferentes formas de solicitar el régimen de visitas de los nietos con los abuelos:
- Si los padres no se han divorciado, debes presentar demanda solicitando el derecho de visitas, comunicaciones y estancia con tus nietos.
- Si los padres se han divorciado, se podrá incluir en el convenio regulador el régimen de visitas de los nietos con sus abuelos.
En el convenio se fijarán los días que los abuelos pueden visitar a sus nietos y durante cuánto tiempo, según los intereses y actividades de los niños, siempre mirando por el interés de los últimos.
Si no se establece el régimen de visitas en el proceso de divorcio, lo puedes solicitar judicialmente en cualquier momento posterior. En Javier Romeu.Abogados te informamos y ayudamos.