La diferencia principal entre divorcio y separación es que la segunda no disuelve el vínculo matrimonial, lo que implica que los cónyuges no pueden volver a contraer matrimonio. En cambio, el divorcio si lo disuelve y, tras el mismo, los cónyuges pueden volver a casarse entre sí o con otras personas.
Un divorcio implica una serie de responsabilidades y derechos que pueden sembrar dudas a los cónyuges, dadas las implicaciones que presentan y los diferentes problemas que se plantean en torno a la situación.
Existen dos tipos de divorcio:
El divorcio contencioso: los cónyuges no llegan a un acuerdo y se precisa la presentación de una demanda de divorcio por una de las partes. Esto insta a un procedimiento judicial, con su correspondiente juicio y una sentencia de divorcio.
El divorcio de mutuo acuerdo: la ruptura es de mutuo acuerdo, como su propio nombre indica y entre los cónyuges se firma un convenio regulador. El procedimiento, generalmente, se agiliza en el tiempo y es más sencillo, pues no conlleva juicio.
La separación a diferencia del divorcio y la nulidad del matrimonio, la separación no extingue el vínculo matrimonial. Está regulada por el Código Civil y en los artículos 769 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Puede ser de hecho, por mutuo acuerdo, o judicial. No es necesario esgrimir ninguna causa, ya que para separarse solo basta la voluntad de una de las partes. Los efectos de la separación se limitan a la suspensión de la vida en común, aunque pueden dar lugar a derechos y obligaciones.
Tipos de separación:
Cónyuges con hijos menores no emancipados o dependientes de sus progenitores: se debe decretar judicialmente, a petición de ambos cónyuges o a petición de uno de ellos con el consentimiento del otro, en este caso habrá convenio regulador.
Asimismo, puede ser una separación contenciosa, donde el Juez determinará las medidas que hacen a los distintos aspectos de la vida a partir de la separación, como cargas del matrimonio, pensión de alimentos, uso de la vivienda y régimen de visitas, entre otros.
Cónyuges sin hijos menores o a cargo: la separación de mutuo acuerdo se formaliza por escritura pública, mediante presentación de un convenio regulador ante el Notario. Deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
El abogado es una figura fundamental ante el divorcio, pues es preceptiva su intervención en ambos procesos. En Javier Romeu. Abogados le asesoramos y le ayudamos aportando nuestra experiencia.